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El Consejo de Gobierno aprueba el nuevo Reglamento de Enseñanzas Propias de UNIZAR

En la sesión del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza celebrada hoy se ha Aprobado el Reglamento de Enseñanzas Propias de la Universidad de Zaragoza, que deroga el anterior Reglamento de Formación Permanente aprobado en 2014, dado que en los últimos años se han producido cambios tanto sociales como normativos que hacen necesaria la redefinición de la organización y las estructuras de las enseñanzas universitarias propias en la Universidad de Zaragoza y la adecuación de dicho Reglamento. El borrador del mismo se presentó en la sesión del Consejo de Gobierno del pasado 3 de mayo, abriéndose un periodo de presentación de alegaciones, tras el cual ha sido aprobado en la sesión de hoy.


Conlleva que pronto se publicará la memoria, con lo que se abrirán las preinscripciones para nuestro Máster. Cambia la denominación a Máster de Formación Permanente en Intervención Familiar Sistémica. Además, a largo plazo, nos permitirá aumentar la formación en microcredenciales para adecuarnos a las necesidades de los profesionales que trabajan con familias.


Es una normativa que deroga el anterior Reglamento de Formación Permanente aprobado en 2014, dado que en los últimos años se han producido cambios tanto sociales como normativos que hacen necesaria la redefinición de la organización y las estructuras de las enseñanzas universitarias propias en la Universidad de Zaragoza y la adecuación de dicho Reglamento.


Particularmente, se hace necesaria la adaptación normativa al Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, que regula por primera vez las enseñanzas propias de las universidades; así como a otras disposiciones entre ellas el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, que dicta la obligatoriedad de disponer de un sistema interno de garantía de la calidad que aplique a todas las enseñanzas propias de las universidades y la recientemente aprobada Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

Este Reglamento que se ha presentado ordena y regula el régimen jurídico de las enseñanzas propias adaptado a la legalidad vigente dentro del correspondiente margen de autonomía universitaria, comprendiendo a todas las enseñanzas no oficiales, que se identifican en dos categorías: Enseñanzas de Formación Permanente y Enseñanzas de Formación Continua. La ordenación de las enseñanzas en alguna de estas categorías, o en ambas, se dispone en las modalidades formativas de Títulos Propios, Certificados de Formación Permanente, Microcredenciales y Enseñanzas de Formación Continua Específica.

La diversa tipología de enseñanzas que se despliega en estas modalidades formativas permite adaptar los títulos ya existentes a la nueva legislación, así como diversificar la oferta académica con nuevos títulos, manteniendo unos altos estándares de calidad y buscando el liderazgo y una mayor imbricación con el tejido socioeconómico y laboral, dando respuesta a nuevas demandas sociales de forma más ágil y dinámica. En este sentido, alineados con las políticas de la Unión Europea, se incluyen también las microcredenciales atendiendo al enfoque europeo de normas comunes que garanticen su calidad, transparencia, comparabilidad transfronteriza, reconocimiento y portabilidad. Por su parte, las Enseñanzas de Formación Continua Específica cobran un papel relevante debido a las transformaciones y retos que se están produciendo tanto sociales y de globalización como tecnológicos, con una creciente digitalización, para satisfacer necesidades específicas de formación a demanda de las empresas. Además, la Formación Continua Específica abarca también los necesarios programas de mejora y actualización formativa de todo el personal y el conjunto de la comunidad universitaria.

Respecto a la estructura de las enseñanzas, también este Reglamento introduce un alto grado de flexibilidad dotando a los estudios de estructura modular, que permite una gran adaptabilidad en el diseño curricular, así como optimizar la gestión y eficiencia de los recursos. Además, facilita al estudiantado el acceso progresivo a formación específica con posibilidad de alcanzar títulos intermedios sin el compromiso inmediato de cursar programas de estudios completos, atendiendo a sus necesidades de aprendizaje o bien profesionales.






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